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El respeto por el Medio Ambiente, la calidad y seguridad de los alimentos que consumimos y el bienestar animal son algunos de los aspectos demandados hoy por los consumidores, preocupados por los impactos generados por determinados sistemas agrícolas y ganaderos de producción intensiva. Por otra parte, la disminución progresiva de la productividad unida al incremento de los costes de producción está provocando una evidente pérdida de las rentas agrarias, por lo que cada vez son más los agricultores y ganaderos de nuestra provincia interesados en sistemas de producción que aumenten la rentabilidad de las explotaciones, a la vez que dan respuesta a esas demandas de los consumidores.
Desde el Área de Agricultura y Ganadería de la Diputación de Zamora estamos trabajando en el fomento y promoción de la Agricultura Ecológica, un sistema de producción que cumple con todos estos objetivos y supone una alternativa sostenible para la provincia de Zamora. En esta publicación se trata de dar respuesta a las 20 preguntas más frecuentes que puedan surgir a aquellos interesados en convertir su explotación a la Producción Ecológica.
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1. ¿QUÉ ES LA AGRICULTURA ECOLÓGICA?
Es un sistema agrario que, mediante el uso de técnicas conservadoras y mejoradoras del suelo y el ecosistema, consigue obtener alimentos de máxima calidad nutritiva y sensorial, respetando el medio ambiente, sin la utilización de productos químicos de síntesis y consiguiendo, de esta manera, agroecosistemas económica y ecológicamente sostenibles.
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2. ¿ES POSIBLE PRODUCIR SIN LA UTILIZACIÓN DE ABONOS QUÍMICOS?
Sí, la Agricultura Ecológica fundamenta la fertilidad del suelo en los aportes orgánicos a través de estiércol, compost, restos de cosechas, introduciendo leguminosas en la rotación, abonos verdes, etc. Normalmente los aportes orgánicos van a proporcionar los macro y micronutrientes necesarios para los cultivos, aunque si fuera necesario se puede recurrir al uso de abonos minerales autorizados para su uso en Agricultura Ecológica. El estiércol de granja, la gallinaza, los excrementos líquidos, etc. no están permitidos si proceden de ganaderías intensivas.
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3. ¿CÓMO SE CONTROLAN LAS HIERBAS Y LAS ENFERMEDADES DE LOS CULTIVOS?
El control de plagas en Agricultura Ecológica esta basado en métodos preventivos, potenciando el buen desarrollo de las plantas y, por tanto, su resistencia natural a plagas y enfermedades. El primer paso en la prevención de plagas y enfermedades será, de este modo, conseguir un suelo sano, fértil y capaz de mantenerse productivo en el tiempo, por lo que serán necesarias técnicas adecuadas como laboreo poco agresivo, aportes orgánicos, abonos verdes, rotaciones y asociaciones de cultivos, aumento de la biodiversidad, abandono de los productos químicos de síntesis, etc.
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4. ¿EXISTEN PRODUCTOS SUSTITUTIVOS DE LOS AGROQUÍMICOS QUE SE PUEDAN UTILIZAR?
Sí, aunque la prevención será siempre la mejor herramienta en el control de plagas, existe una amplia gama de fitosanitarios autorizados para su uso en Agricultura Ecológica que podemos utilizar en el caso de que alguna plaga alcance niveles que puedan comprometer la producción. En el caso de cultivos herbáceos, los posibles problemas que pudieran aparecer con las malas hierbas se resuelven con éxito con una correcta rotación de cultivos.
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5. ¿ES RENTABLE LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA?
Sí, para algunas producciones como es el caso de los cereales, la rentabilidad de la Agricultura Ecológica se encuentra en el ahorro de costes de producción, unido a la ayuda agroambiental que reciben los productores ecológicos y la posibilidad de obtener un mayor precio por el producto en el mercado. Para otras producciones, como es el caso de los cultivos hortícolas, si bien es cierto que los costes de producción pueden aumentar, debido al aumento de la mano de obra, éstos se ven compensados con el sobreprecio que alcanzan los productos en el mercado de alimentos ecológicos. En el caso de la ganadería , las dificultades pueden aparecer a la hora de comercializar los productos en el mercado ecológico. Dependerá mucho de la estructura de transformación de que se disponga (matadero, sala de despiece, envasado…) y del canal de comercialización. En cualquier caso, hay que tener en cuenta que, para determinadas explotaciones de ganadería extensiva, la reconversión a la ganadería ecológica sería relativamente sencilla, se podrían mantener los mismos costes productivos y el cambio no tendría por que suponer una disminución de la producción. Esto tendría como ventaja la posibilidad de poder acceder a los dos mercados, el convencional y el ecológico.
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6. ¿EXISTEN BUENAS POSIBILIDADES DE COMERCIALIZACIÓN DE ESTOS PRODUCTOS?
Sí, cada vez resulta más fácil encontrar productos ecológicos certificados en los puntos de venta habituales a los que acuden los consumidores. El consumo de los alimentos ecológicos aumenta progresivamente, puesto que el consumidor exige cada vez más, alimentos saludables y de mayor calidad. Dada la creciente sensibilización social hacia temas medioambientales, también se valora que el sistema de producción sea respetuoso con el medio ambiente. En el caso de los cereales, el mercado se encuentra fundamentalmente en las ganaderías ecológicas, fábricas de pienso y harineras.
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7. ¿CÓMO SE IDENTIFICAN LOS ALIMENTOS ECOLÓGICOS?
Éstos alimentos se identifican en los mercados con una etiqueta que se concede a los operadores ecológicos cuando han superado los controles establecidos por el organismo certificador. Si no la llevan, aunque la publicidad diga que son ecológicos, no se pueden considerar como tales al carecer del certificado de garantía, pudiendo ser en realidad un fraude para los consumidores.
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8. ¿QUÉ NORMATIVA REGULA LA AGRICULTURA Y GANADERÍA ECOLÓGICA?
La producción ecológica está regulados por el "Reglamento (CE) 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, por el que se deroga el Reglamento (CEE) 2092/91, complementado por el Reglamento (CE) 889/2008 que lo amplía y desarrolla en algunos aspectos, siendo éstos de aplicación y de obligado cumplimiento para todos los países miembros. Éste Reglamento establece, entre otros preceptos, la obligación de someter a los agricultores, importadores de terceros países y transformadores que deseen comercializar productos de Agricultura Ecológica, a un régimen de control para garantizar que respetan las normas de producción y no utilizan técnicas incompatibles con esta modalidad agraria, como por ejemplo fertilizar la tierra con abonos químicos, tratamientos con pesticidas de síntesis química, etc.…
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9. ¿QUIÉN CERTIFICA LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA?
El Consejo de Agricultura Ecológica de Castilla y León (CAECyL) certifica la producción ecológica en la Comunidad desde el año 1995 en que fueron transferidas las competencias en materia de Agricultura Ecológica desde la Administración Central a las Comunidades Autónomas. Como organismo competente ejerce las funciones de control establecidas en los Reglamentos anteriormente citados, así como las de velar por su cumplimiento en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Según la orden AYG/452/2013, de 29 de mayo, por la que se aprueba el Reglamento Regulador de la Producción Agraria Ecológica y su indicación sobre los productos agrarios y alimenticios:
La Autoridad Competente en Castilla y León es el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (ITACyL). Según esta orden, el control y certificación de la Agricultura Ecológica se podrá llevar a cabo por:
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10. ¿QUE DEBE HACER UN PROFESIONAL O EMPRESA PARA OBTENER LA CERTIFICACIÓN ECOLÓGICA DE SUS PRODUCTOS?
El primer paso consiste en contactar con el correspondiente organismo de control autorizado para la certificación de la producción ecológica en Castilla y León con el objetivo de registrar la explotación con los cultivos, animales y/o las instalaciones donde se van a producir y/o elaborar los alimentos ecológicos.
El titular deberá rellenar los impresos de solicitud y aportar la documentación que permitirá identificar perfectamente las instalaciones o parcelas que forman la unidad productiva que se pretende inscribir, así como la actividad allí desarrollada.
Entregada esta documentación y abonada la cuota de inscripción, un técnico del organismo de certificación realiza una visita a las parcelas/instalaciones, donde se comprueba la veracidad de la solicitud de inscripción y las condiciones para seguir la normativa. En el caso de que pueda comprobarse que todo el proceso es correcto, la Comisión de Certificación, una vez haya transcurrido el periodo de conversión correspondiente, según el tipo de cultivo y/o la especie animal de que se trate, concederá el certificado de producción ecológica.
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11. ¿QUÉ ES Y CUÁNTO TIEMPO DURA EL PERÍODO DE CONVERSIÓN?
La conversión es el periodo de tiempo que debe transcurrir para poder comercializar los alimentos obtenidos haciendo mención al método de producción ecológico. Este período comienza con el registro de los datos en el organismo certificador correspondiente, momento en que el operador formaliza los compromisos a fin de que se certifique su producción. La finalización de este periodo tiene lugar una vez transcurrido el tiempo indicado en el Reglamento, y que va a depender del tipo de cultivo, especie y origen de los animales y el manejo anterior de las parcelas. En cultivos herbáceos, por ejemplo, este período tiene una duración de 3 años. En la ganadería, el periodo de conversión está comprendido entre las 6 semanas para las aves de corral destinadas a la producción de huevos, hasta los 12 meses para équidos y bóvinos de producción cárnica, pasando por los 6 meses de duración en el caso del ganado porcino, caprino, ovino y vacuno de leche. Desde que se inicia el periodo de conversión y durante su transcurso, el operador debe poner en práctica todos los requisitos propios de la agricultura y ganadería ecológica. Sin embargo, no podrá comercializar sus productos como ecológicos hasta que finalice dicho periodo de tiempo y obtenga el certificado de conformidad.
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12. ¿EXISTEN AYUDAS A LA PRODUCCIÓN ECOLÓGICA?
Sí, la Agricultura Ecológica está considerada como una de las medidas agroambientales que se enmarcan dentro del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2014-2020, documento que lleva a cabo las disposiciones recogidas en los Reglamentos Comunitarios de ayudas al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) para iniciar los compromisos en la campaña agrícola 2014/2015 o año 2015.
Las ayudas agroambientales se configuran como un método de apoyo adecuado a las explotaciones, que cumpliendo determinados requisitos, contribuyan a la conservación del medio natural sin menoscabar su viabilidad técnica y económica.
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13. ¿CÓMO SE ACCEDE A LAS AYUDAS A LA AGRICULTURA ECOLÓGICA?
Para acceder a las ayudas agroambientales aplicadas a la Agricultura Ecológica, el titular deberá suscribir un contrato en el Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León mediante el cual se compromete, durante un período de cinco años, a realizar en su explotación las prácticas de la producción ecológica. Una vez firmado dicho contrato ya se podrá solicitar la ayuda anual a través de la Solicitud Única. La medida agroambiental que rige la Agricultura Ecológica exige unos compromisos específicos para cultivos ecológicos. Entre ellos destaca el estar en la relación de operadores Agricultura Ecológica de Castilla y León (CAECyL) antes del 30 de septiembre anterior a cada solicitud de la ayuda y actualizar el libro de la explotación que será supervisado por el organismo certificador, anotando todas las prácticas así como los registros de entradas y salidas.
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14. ¿SE RECIBE TAMBIEN LA AYUDA DURANTE EL PERIODO QUE DURA LA CONVERSIÓN?
Sí, la ayuda agroambiental a la Agricultura y Ganadería Ecológica se comienza a recibir desde el inicio de la conversión, siempre que se complan los requisitos y compromisos descritos en la pregunta anterior.
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15. ¿CUÁL ES LA CUANTÍA DE LAS AYUDAS?
Los importes unitarios de las ayudas a la agricultura ecológica para cada tipo de aprovechamiento serán los siguientes:
a) Pagos para la adopción de prácticas y métodos de agricultura ecológica.
Cultivos herbáceos de secano 228€/Ha.
Cultivos herbáceos de regadío 300€/Ha.
Cultivos hortícolas la aire libre 420€/Ha.
Cultivos hortícolas bajo plástico 600€/Ha.
Olivar 336 €/Ha.
Viñedo 288 €/Ha.
Frutales de secano 210 €/Ha.
Frutales de pepita, en regadío 360 €/Ha.
Frutales de hueso, en regadío 456€/Ha.
Superficies forrajeras ( pastos permanentes ) 144€/ha
Una vez superado el período de conversión antes indicado para cada uno de los cultivos, el beneficiario percibirá los importes que se recogen en el apartado siguiente.
b) Pagos para mantenimiento de prácticas y métodos de Agricultura Ecológica.
Cultivos herbáceos de secano 190€/Ha.
Cultivos herbáceos de regadío 250€/Ha.
Cultivos hortícolas la aire libre 350€/Ha.
Cultivos hortícolas bajo plástico 500€/Ha.
Olivar 280€/Ha.
Viñedo 240€/Ha.
Frutales de secano 175€/Ha.
Frutales de pepita, en regadío 300€/Ha.
Frutales de hueso, en regadío 380€/Ha.
Superficies forrajeras ( pastos permanentes ) 120€/ha
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16. ¿SE PUEDE CONVERTIR SÓLO PARTE DE LA EXPLOTACIÓN?
Sí, se puede hacer una conversión parcial de la explotación con la condición de cumplir con el compromiso de la actuación agroambiental que obliga a no cultivar, en un mismo año, la misma especie en parcelas ecológicas y convencionales dentro de la misma explotación. En el caso de la ganadería, podrá haber en la explotación animales convencionales siempre y cuando su cría se efectúe en unidades cuyos locales y parcelas estén claramente separados de las unidades de producción conformes a las normas del Reglamento de Ganadería Ecológica, y siempre que sean de una especie diferente.
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17. ¿ES COMPATIBLE LA AGRICULTURA ECOLÓGICA CON OTRAS AYUDAS AGROAMBIENTALES?
Las ayudas a la agricultura ecológica son incompatibles para un mismo titular y su explotación con cualquiera de las ayudas de medio ambiente y clima.
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18. ¿ES NECESARIO UTILIZAR SEMILLA ECOLÓGICA PARA LA SIEMBRA?
Sí, la semilla de siembra tendrá que ser ecológica, aunque se podrá obtener autorización para emplear semillas que no se hayan obtenido mediante el método de producción ecológico si la variedad de la especie que se desea obtener no está inscrita en la base de datos del Ministerio. Esta base de datos se puede consultar en: www.mapa.es/es/alimentacion/alimentacion.htm
Si la variedad no esta inscrita, se puede utilizar semilla convencional siempre que no haya sido tratada químicamente con productos no permitidos por el Reglamento.
Además la variedad en cuestión tendrá que haber producida sin el uso organismos transgénicos ni productos derivados de esos organismos.
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19. ¿ES POSIBLE EMPLEAR CUALQUIER RAZA EN GANADERA ECOLÓGICA?
Sí, no existe ninguna limitación normativa en cuanto al empleo de una u otra raza ganadera concreta, si bien, siempre es más recomendable el empleo de razas autóctonas, mejor adaptadas al entorno y menos susceptibles de padecer enfermedades.
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20. ¿ DÓNDE PUEDO ENCONTRAR MÁS INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO?
La Diputación de Zamora, desde el Área de Agricultura y Ganadería, ofrece información y el asesoramiento técnico necesario para convertir la explotación al modelo de producción ecológico, teniendo en cuenta las particularidades de cada caso concreto y con el objetivo de hacer más rentable la unidad productiva.
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LINKS de interés
Consejo de Agricultura Ecológica de Castilla y León
Comisión Europea. Agricultura Ecológica
Campaña informativa de agricultura ecológica creada por el MARM
Sociedad Española de Agricultura Ecológica
Vida Sana. Asoc. promoción y difusión de la Agricultura Ecológica
Revista especializada en Agricultura Ecológica
Entidad para promoción y desarrollo de la Agric. Ecológica en España
Fed. Andaluza de Consumidores y Productores Ecológicos (FACPE)
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